Extracto:
Decreto – Se Fija el Monto de la Franquicia Adicional, Establecida en el Artículo 14 de la Decisión 53/2008 del Consejo del Mercado Común del Mercosur
Puesta en vigencia por el decreto 139/014, del 19 de mayo de 2014, por el plazo de 90 días contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma. Ref: Equipaje MERCOSUR – Franquicia Free shops.
VISTO: la Decisión N° 53/2008 del Consejo del Mercado Común sobre aplicación relativa al régimen de equipaje en el MERCOSUR puesta en vigencia por Decreto N° 139/014, de 19 de mayo de 2014;
RESULTANDO: que en la referida norma se establece una franquicia mínima adicional para compras en las tiendas libres de impuestos (Tax Free Shops), de llegada;
CONSIDERANDO: I) que el artículo 14 de la Decisión N° 53/2008 del Consejo del Mercado Común establece una franquicia adicional mínima, lo que confiere la posibilidad de regularla mediante normas internas;
II) que es necesario armonizar dentro de la región la normativa del régimen de equipaje de pasajeros;
III) que dada la emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19 y la consecuente limitación del ingreso de personas, es necesario generar una adecuación de las condiciones impuestas a las tiendas libres instaladas en aeropuertos;