Extracto:
Decreto 126/021 – Se Modifica la Nomenclatura común del Mercosur y su Correspondiente Arancel Externo Común, de Conformidad con los Anexos que Forman parte del Presente Decreto.
Ref. Rebaja arancelaria para los siguientes NCM: 2903 – 2909 – 2915 – 2918 – 1302 – 8207 – 8714
VISTO: el Decreto N° 410/016, de 26 de diciembre de 2016, sus modificativos y concordantes;
RESULTANDO: I) que el mismo incorporó al ordenamiento jurídico nacional la Resolución del Grupo Mercado Común N° 26/16, de 5 de diciembre de 2016, que aprobó el “Arancel Externo Común basado en la Nomenclatura Común del Mercosur” ajustada a la VI Enmienda del Sistema Armonizado;
II) que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad delegada por el Consejo Mercado Común, dictó las Resoluciones N° 12/20 y N° 13/20;
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, recoger las modificaciones resultantes de las referidas Resoluciones del Grupo Mercado Común, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la materia;
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2o de la Ley N° 12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4o del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de enero de 1977;
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