Extracto:
DECRETO 222/020 – MODIFÍCASE EL ART. 8 DE DECRETO 115/018 DE 24 DE ABRIL DE 2018, Y DERÓGASE EL DECRETO 126/020 DE 13 DE ABRIL DE 2020.
VISTO: el Decreto N° 115/018, de 24 de abril de 2018 con las modificaciones introducidas por el Decreto N° 269/018, de 27 de agosto de 2018, reglamentarios de la Ley N° 19.175, de 20 de diciembre de 2013 y el Decreto N° 126/020, de 13 de abril de2020;
RESULTANDO:
I) que la referida ley establece el régimen legal de la pesca y la acuicultura, con el fin de asegurar la conservación, la ordenación, el desarrollo sostenible y el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos y los ecosistemas que los contienen;
II) que la reglamentación en la materia debe armonizarse en aquellos aspectos que involucran cometidos atribuidos a otros organismos por la normativa vigente;
CONSIDERANDO:
I) que la actividad de investigación científica constituye uno de los cometidos de la Universidad de la República;
II) que se entiende pertinente incentivar la investigación científica en nuestros recursos acuáticos, determinando aquellos aspectos relacionados con permisos de pesca de investigación, articulando las atribuciones del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca con las competencias de la Universidad de la República; (…)
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