Extracto:
Resolución s/n – Incorpórase a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, los ítems que se determinan.
Ref – NCM: 2941, 8543, 9018, 9021, 9306.
VISTO: el Decreto Nº 226/020, de 12 de agosto de 2020, y la Resolución Ministerial Nº 5043, de 27 de diciembre de 2016;
RESULTANDO:
I) que el referido Decreto incorporó al ordenamiento jurídico nacional las Resoluciones del Grupo Mercado Común Nº 55/19 y Nº 56/19, que modificaron la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común, y determinados códigos arancelarios omitidos involuntariamente en el Decreto Nº 321/019, de 4 de noviembre de 2019, correspondientes a las Resoluciones del Grupo Mercado Común Nº 07/19 y Nº 30/19:
II) que la Resolución Nº 5043 del Ministerio de Economía y Finanzas, de 27 de diciembre de 2016, sustituyó la nomenclatura nacional de Uruguay estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario;
III) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado en el Decreto Nº 226/020, de 12 de agosto de 2020, es conveniente realizar modificaciones en la nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos y su correspondiente régimen arancelario;
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el Anexo de la Resolución Nº 5043 de esta Secretaría de Estado, de 27 de diciembre de 2016, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 226/020, de fecha 12 de agosto de 2020;
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