Extracto:
Decreto 242/020 – Se Modifican los artículos 1 y 3 del decreto 223/020, de fecha 11 de agosto de 2020.
Ref.: Guía de Tránsito
VISTO: lo previsto por el Decreto N° 223/020, de 11 de agosto de 2020;
RESULTANDO: I) que según surge del mismo, la actualización del valor de la Guía de Tránsito Terrestre a efectos de cubrir total o parcialmente los costos de los test de detección del virus SARS-Cov-2, alcanzaría a la totalidad de las operaciones de comercio exterior;
II) que la precitada norma dispone que el declarante, al momento de efectuar la declaración de mercadería que ingresa o egresa, a o del territorio aduanero nacional, y su correspondiente inclusión en un régimen aduanero de importación, exportación o tránsito, debe acreditar el pago respectivo de la guía de tránsito aduanero;
CONSIDERANDO:
I) que estima conveniente que el costo de la referida Tasa resulte de diferencia entre el precio anterior a la aprobación del Decreto N° 223/020 y la cifra actualizada de $ 3.430 (pesos uruguayos tres mil cuatrocientos treinta), a aquellas operaciones donde se transporte mercadería que efectivamente ingrese al territorio uruguayo por medio terrestre por alguna de las fronteras con la República Argentina o la República Federativa del Brasil;
II) que asimismo resulta necesario determinar el monto de la referida tasa de acuerdo al número de personas ocupantes del vehículo de transporte de mercadería, a quienes se le deberá realizar los test de detección del virus SARS-Cov-2; (…)
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