Extracto:
Decreto 93/023 – Se Incorporan al Régimen Previsto en el Artículo 1 del Decreto 194/979, las Importaciones que se Detallan.
Exoneración de tributos a importaciones – Insumos agropecuarios.
VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 194/979, de 30 de marzo de 1979;
RESULTANDO: I) que el referido decreto establece la exoneración a la importación de diversos insumos agropecuarios;
II) que el país atraviesa una situación de emergencia agropecuaria de carácter extremo, que hace necesario contribuir a recuperar las capacidades perdidas de los productores afectados;
CONSIDERANDO: I) que es necesario asegurar en el marco de la emergencia agropecuaria, establecida por Resolución del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca N° 958/2022, de 24 de octubre de 2022 y su extensión en la Resolución N° 010/2023, de 17 de enero de 2023, el pleno abastecimiento en plaza de los insumos de referencia;
II) que es conveniente incluir los bienes del artículo 1o del presente en la nómina establecida por el citado Decreto N° 194/979, de 30 de marzo de 1979;