DGSA 382/021 – Se Autoriza en forma Excepcional y por un año la Utilización de Determinados Productos para la Desinfección de Contenedores de arroz para Exportación de Destino México
VISTO: la necesidad de autorizar de forma excepcional, el uso de determinados productos fitosanitarios para la sanitización de contenedores a utilizarse en la exportación de arroz con destino México;
RESULTANDO: I) que es requisito fitosanitario de parte de la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) de México – SENASICA, en cuanto a la utilización de algunos ingredientes activos específicos para la desinfección de contenedores a utilizarse en la exportación de arroz con ese destino;
II) que existen en el país insecticidas registrados con los ingredientes activos especificados, los cuales no se encuentran autorizados para este uso específico, debido a razones comerciales;
III) que la Dirección General de Servicios Agrícolas (en adelante DGSA) en anteriores circunstancias autorizó en forma condicionada y excepcional el uso de determinados principios activos ante situaciones de demanda sanitaria;
IV) que a los efectos de una autorización excepcional, se tomarán las
recomendaciones especificadas en la presente para cada producto a utilizar;
CONSIDERANDO: necesario, dadas las circunstancias de fuerza mayor, ampliar excepcionalmente y por el tiempo que se determinara en el presente acto, el uso de determinados ingredientes activos para la desinfección de contenedores a utilizarse en la exportación de arroz con destino a México;
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