Extracto:
Resolución 101/021 Apruébanse los Artículos que Modifican el «Reglamento de Generadores de Vapor», Aprobado por la Resolución de URSEA 81/016 de 19 de Abril de 2016.
Ref.: Aplica para nuevos generadores de vapor importados según artículo 15.
VISTO: la necesidad de adecuar el “Reglamento de Generadores de Vapor”, aprobado por Resolución de URSEA Nº 81/016, de 19 de abril de 2016, a los procesos y normativas alineadas con códigos reconocidos mundialmente;
RESULTANDO: I) que la Ley Nº 19.535, de 25 de setiembre de 2017, previó un marco regulatorio legal en materia de generadores de vapor, que ameritaba cambios en el alcance y objeto del Reglamento de Generadores de Vapor vigente;
II) que los técnicos del Área de Generadores de Vapor de esta Unidad Reguladora, con apoyo de los asesores jurídicos, elaboraron anteproyecto con modificaciones al reglamento vigente;
III) que tal anteproyecto fue sometido a consulta pública, del 18 de diciembre de 2020 al 15 de febrero del corriente, recibiéndose diversas contribuciones de agentes y entidades relacionadas con el sector de generadores de vapor;
IV) que tales contribuciones fueron analizadas y contestadas por esta Unidad Reguladora, promoviendo algunas de ellas cambios en la redacción original del anteproyecto, publicándose las respuestas en el sitio web de URSEA el 6 de abril del corriente;
V) que con algunos cambios el anteproyecto quedó conformado como proyecto de modificación de la reglamentación, siendo compartida la propuesta por las Gerencias de Fiscalización y Regulación, así como la Gerencia General, elevando los obrados para la consideración de este Directorio;
CONSIDERANDO: que resulta necesario resolver en consecuencia;