Extracto:
Resolución DGSA 778/024 – Prohíbese en las Plantas Elaboradoras de Aimentos para Animales, la Tenencia a Cualquier Título de Bolsones y otros Envases, que Hayan sido Utilizados para Almacenar Semillas Curadas, Fertilizantes o Cualquier otro Agroquímico.
Ref.: Aplica a la exportación.
VISTO: la problemática planteada por la presencia de granos, subproductos y/o productos elaborados para alimentación animal y humana, en envases que en su uso anterior contenían semillas curadas, fertilizantes o cualquier otro agroquímico;
RESULTANDO: que los envases con restos de agroquímicos constituyen una fuente de contaminación para los alimentos y sus materias primas; CONSIDERANDO: I) que lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto Nº 152/013, de 21 de mayo de 2013, dice: “… queda prohibido el reuso de los envases alcanzados por este decreto, para contener alimentos, líquidos o productos destinados al uso o consumo humano o animal.” II) que es necesario tomar acciones que contribuyan a preservar la salud humana y animal y establecer lineamientos que garanticen la inocuidad de los alimentos para consumo humano y animal, sea su destino el mercado interno o la exportación.