Extracto:
Resolución Nº 1.626/2020 de DGI – Vencimiento de obligaciones Tributarias – Prórroga
VISTO: el artículo 32º del Código Tributario, el artículo 1º de Decreto 93/020 de 13 de marzo de 2020, que declara el estado de emergencia nacional sanitaria como consecuencia de la pandemia originada por COVID – 19, y la Resolución Nº 4310/019 de 18 de diciembre de 2019.
RESULTANDO:
I) que el mencionado artículo 32º del Código Tributario establece que las prórrogas y demás facilidades podrán concederse cuando a juicio del organismo recaudador existan causas que impidan el normal cumplimiento de la obligación;
II) que la referida pandemia ha provocado que los sujetos pasivos de los tributos administrados por la Dirección General Impositiva vean dificultado el normal cumplimiento de sus obligaciones tributarias;
III) que la Resolución citada establece los plazos para la presentación de las declaraciones juradas y pagos de los impuestos para el presente año.
CONSIDERANDO: que la situación de emergencia nacional sanitaria amerita el otorgamiento de una prórroga a determinados vencimientos.
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